Paralizar los embargos con la Ley de Segunda Oportunidad
¿Se pueden paralizar los embargos con la Ley de Segunda Oportunidad? Una de las dudas que nos trasladan nuestros clientes en sus primeras reuniones o conversaciones con nosotros es en qué situación se quedan los embargos que están sufriendo en ese momento cuando inician el procedimiento de segunda oportunidad, y si la aplicación de esta ley consigue paralizar los embargos. La respuesta es muy sencilla: desde el primer momento en que se inician los trámites de la Ley de Segunda Oportunidad se paralizan los embargos al deudor. Establece la ley que en cuanto se procede a requerir al notario o registrador para que inicie el expediente de Acuerdo Extrajudicial de Pagos, todos los embargos se paralizan y quedan en suspenso. Este plazo inicial de suspensión varía de 2 a 3 meses en función de si el deudor es un consumidor o un profesional y teoricamente es el tiempo máximo que dura la mediación...