Una práctica bancaria abusiva ha sido ofrecer hipotecas a consumidores en su modalidad de hipoteca multidivisa. La diferencia inicial entre lo que vendrían abonando con una hipoteca en euros y una hipoteca multidivisa fue una forma de cautivar a clientes que no tenían la información adecuada de los riesgos que asumían. Esta situación de diferencia de cuota a pagar a favor del cliente prácticamente desde el inicio del préstamo fue revirtiendo a favor del banco, encontrándose en la actualidad numerosos clientes bancarios con unos pagos muy superiores a lo que estarían pagando si su hipoteca estuviera en euros. El Tribunal Supremo ha declarado que si el cliente es un consumidor esa cláusula es nula por abusiva, dado que no supera el control de transparencia, y por lo tanto, declara la nulidad parcial redenominándola a euros. Dice el Tribunal Supremo: < La falta de transparencia de las cláusulas multidivisa ha generado para los prestatarios un...