¿Eres una pyme / autónomo con dificultades económicas? ¿No puedes pagar la totalidad de tu deuda pero aún quieres seguir compitiendo en el mercado?
La solución para ti y para tu empresa puede ser reestructurar tus deudas a través del Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
El Acuerdo Extrajudicial de Pagos es la solución legal para alcanzar un acuerdo con tus acreedores sin tener que acudir a los tribunales.
Sirve tanto para reducir tu deuda como para establecer un plan de pagos del resto de la misma, sin intereses y sin embargos.
Puede acogerse al Acuerdo Extrajudicial de Pagos cualquier pyme, autónomo o consumidor que se encuentre sobre endeudado y que prevea que no a poder hacer frente a sus obligaciones contraídas con terceros.
Por supuesto. Y el acreedor se tendrá que someter también al acuerdo que se alcance, cesando en su caso el embargo.
Además, durante la tramitación del Acuerdo Extrajudicial de Pagos se paralizarán los embargos (hasta tres meses), cesando el devengo de intereses
Prácticamente todo el mundo puede acogerse al Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
Queda fuera quien tenga una deuda superior a 5 millones de euros o tenga antecedentes penales por delitos económicos.
La actividad no se ve afectada salvo para paralizar embargos y pago de intereses de réditos/préstamos durante el tiempo que se tarde en tramitarlo (máximo 3 meses).
Conjuntamente con la tramitación del Acuerdo Extrajudicial de Pagos se debe fraccionar y aplazar la deuda pública.
El acuerdo que se obtenga les obliga aunque hubieren votado en contra o se hubieren abstenido de votar.
En tal caso, si se mantiene la situación de insolvencia, se debería declarar el concurso de acreedores, por lo que los acreedores deberían optar por un mal acuerdo para ellos antes que por una liquidación concursal.
Si tu pyme no tiene activos con gran valor liquidatorio la mejor opción es el concurso exprés.
Si eres un autónomo puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
Cabe tanto la liberación de los avales como la obligación de pago, según los casos. Y para estos últimos casos existe la posibilidad de acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
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¿Quieres saber si puedes acogerte al Acuerdo Extrajudicial de Pagos?