Una cesión de crédito es la venta de un crédito a un nuevo acreedor, normalmente un fondo buitre. Hay así tres participante: el deudor, el antiguo acreedor o cedente (normalmente un banco o entidad financiera) y el nuevo acreedor o cesionario (normalmente el fondo buitre). Tan pronto como un crédito financiero litigioso puede resultar incobrable la práctica bancaria es la venta del mismo a los llamados fondos buitre. Esta cesión de créditos no necesita escritura notarial, aunque lo habitual es hacerlo de ese modo, y hay obligación de notificar esa cesión al deudor (artículo 1.527 del Código Civil). El deudor tendrá en ese momento la posibilidad de ejercitar un retracto en el plazo de 9 días (artículo 1.535 Código Civil), de tal modo que puede pagar al cesionario (fondo buitre) lo mismo que este ha pagado al cedente (el banco que ha cedido el crédito), quedando así liberado de la deuda. Para poderse aplicar...

Si eres avalista de un préstamo, esto te interesa. En muchas ocasiones nos estamos encontrando con clientes que han afianzado el pago de un préstamo por un familiar o un negocio. Para la concesión del préstamo se ha obligado a reforzar las garantías con estos fiadores – popularmente llamados avalistas, sin propiamente serlo-, tanto con sus bienes como personalmente. Estas cláusulas se fuerzan a firmar con renuncias a varios derechos del fiador/avalista: los beneficios de excusión, división y orden, es decir, el derecho del fiador a que se reclame primero al deudor principal, de que se divida el afianzamiento entre los diversos fiadores en caso de concurrencia de varios y que en caso de ejecución contra el fiador pueda éste elegir el orden de los bienes que se le van a ejecutar.   No se puede convertir al fiador/avalista en un deudor solidario   Estas renuncias convierten al fiador/avalista en un deudor solidario, es decir, que...

Volver a empezar es un hito más en la trayectoria de un grupo de profesionales que venimos confluyendo desde el sector legal y del sector socio-laboral, con un objetivo común: Recuperar a las personas. Para ello hemos creado esta web sobre la Ley de Segunda Oportunidad, dación en pago y abusos bancarios, para estar más cerca de las personas que se encuentran en dificultades económicas por sobreendeudamiento. Esa web no es una meta final. Al contrario, es el inicio de un nuevo camino, mirando adelante pero sin olvidar de dónde venimos....